25 de enero de 2013
El juzgado n.º 2 de Vitoria ha calificado el sincope que sufrió un trabajador durante su jornada de trabajo como un accidente laboral, en consonancia con la calificación que en el mismo sentido ya hizo el INSS, y condena a la mutua a pagar la baja. El empleado, que trabajaba como mensajero, sufrió un desmayo en su puesto de trabajo que fue diagnosticado en el parte de baja como "síncope y colapso", un incidente que motivó una baja de más de 4 meses, que ahora deberá abonar la entidad condenada. Aceptando como hemos dicho los argumentos del INSS, la sentencia afirma que el periodo de baja debe ser considerado contingencia profesional ya que ese tipo de síncopes se presentan en momentos de ansiedad y principalmente en el puesto de trabajo.