30 de Junio de 2015
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha aprobado una Orden Ministerial por la que regula la nueva gestión de los procesos de incapacidad temporal (bajas laborales) en su primer año de duración, cuya principal novedad es la emisión de partes médicos asociados a la duración estimado de cada proceso.
Así, los médicos facultativos deberán detallar en el parte médico de baja la duración estimada del proceso, dividiéndola entre muy corta (inferior a cinco días naturales), corta (de cinco a 30 días naturales), media (de 31 a 61 días) y larga (más de 61 días).
Esta previsión de baja podrá ser actualizada en cualquier momento, en función de cómo evolucione la salud del trabajador. Para facilitar la tarea, el médico podrá usar como referencia las tablas de duración óptimas de las distintas patologías.
Como novedad, cuando el profesional considere que se trata de un proceso de duración estimada muy corta, podrá emitir el parte de baja y alta en el mismo acto, lo que evita segundas visitas por parte del trabajador o sus familiares al centro de salud.
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Fuente: El Economista.es